Cláusulas Especiales

- Aportar original y copia del proyecto de investigación, en idioma español, este proyecto debe contener lo siguiente:

Título de la investigaciónDefinicion del tema de estudio y ubicación geográfica.
IntroducciónBreve descripcion del tema de estudio.
JustificaciónDescripción de la importancia y aporte del estudio que se pretende realizar.
ObjetivosDebe indicarse en forma clara qué es lo que se desea o se espera obtener con la investigación.
MetodologíaDescripción detallada de el (los) método (s) que se utilizarán para la obtención de la información tanto en el campo como en el trabajo de laboratorio, así como los resultados esperados.
Resultados
esperados
Cronograma del
tiempo de trabajo

- Los extranjeros deben presentar la solicitud certificada por el representante consular costarricense. Se debe certificar que las firmas del solicitante y de las autoridades de las instituciones son auténticas.

- Carta de la Institución que respalda la investigación, ésta debe ser certificada y autenticada.

- Copia de la cédula o pasaporte.

- En caso de colecta científica de flora y fauna silvestre, se debe adjuntar el recibo cancelado del canon por recolecta científica, ¢ 350.00 para nacionales y $ 30.00 para extranjeros. Se paga en cualquier banco estatal.

- En caso de colecta de flora y fauna silvestre, debe enviar 2 fotografías tamaño pasaporte.

- Todo investigador que requiera colectar, deberá depositar un duplicado de los especímenes en el Museo Nacional o la Universidad de Costa Rica.

- El traslado de especímenes fuera del país, requiere de permisos de exportación.

- Todos investigador u organismo por el representado queda obligado a depositar en el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), tres copias de las publicaciones que se generen de las investigaciones realizadas.

- La solicitud debe ser presentada ante la Ventanilla Unica de Investigaciones con un mes de anticipación al inicio de la investigación.

- Todo investigator que incumpla las disposiciones legales del MINAE, será sancionado de acuerdo al artículo 49 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre y a los articulos 7 y 8 de la Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales.

- Por el uso de las áreas silvestres administradas por el estado, para realizar investigaciones de carácter científico, se debera cancelar el derecho de investigación diaria.


Permits: Cláusulas Especiales | Proyecto de Investigación | Carta de la Institución | Ventanilla única | Export Permits | Addresses/Phones |

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20 Aug 96
Lecture Hall at UT Austin
For further information, contact: lgilbert@mail.utexas.edu